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¿Hay Que Dar Un Dia Libre Adicional Si El Festivo Coincide Con El Descanso Semanal? Análisis De La STS 372/2025 Del Tribunal Supremo

Por el Área Laboral-RRHH de Q2 Legal&Tax

En las últimas semanas han aparecido en prensa titulares como:

  • «Adiós a perder un día festivo por caer en sábado: el Supremo obliga a compensar con un día libre extra».
  • «Si tu día de descanso cae en festivo, te deben otro día adicional».
  • «El Supremo refuerza el derecho a no perder los festivos».

Estos mensajes hacen referencia a la Sentencia del Tribunal Supremo 372/2025, de 30 de abril (Roj STS 2062/2025).

Desde Q2 Legal & Tax consideramos necesario realizar una precisión técnica a la vista del clima de incertidumbre creado por los numerosos titulares, ya que la resolución no establece una regla general automática aplicable a cualquier coincidencia entre festivo y descanso semanal.

1- ¿Qué resuelve realmente la sentencia?

El Tribunal Supremo analiza un supuesto muy concreto en el marco de un conflicto colectivo:

  • Personas trabajadoras con jornada de lunes a domingo.
  • Con descanso semanal fijo entre lunes y viernes.
  • En una empresa que presta servicios también en domingos y festivos.
  • En la Comunidad de Madrid.
  • En la que, si el festivo coincidía con el día fijo de descanso semanal, la empresa lo consideraba “disfrutado” y no lo compensaba.

El Tribunal concluye que, en ese caso específico, debe reconocerse el derecho a disfrutar otro día de descanso cuando el festivo coincide con el descanso semanal, para evitar que ese colectivo disfrute menos festivos que otros trabajadores de la misma empresa.

La clave del fallo es evitar una desigualdad material interna: quienes trabajan domingos y descansan un día fijo entre semana no pueden “perder” festivos por la estructura de su calendario si ello les sitúa en peor condición que otros colectivos.

2- ¿Qué NO establece la sentencia?

Es importante subrayar que el Tribunal Supremo:

  • No declara un derecho general y automático a compensación en todo supuesto de coincidencia entre festivo y descanso.
  • No establece que todo festivo que caiga en sábado deba compensarse.

La sentencia no crea una regla universal, sino que aplica una solución concreta a un supuesto con características muy determinadas.

 
3-¿Debe compensarse siempre si el festivo cae en sábado?

La resolución no analiza el caso de trabajadores cuyo descanso estructural sea sábado y domingo, ni declara que exista obligación automática de compensación cuando el festivo coincide con sábado.

Por tanto, no puede afirmarse que el Tribunal Supremo haya establecido una obligación general de compensar todos los festivos que coincidan con sábado. Cada supuesto debe analizarse atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso.

4- Criterio jurídico que se desprende de la sentencia 

El principio que puede extraerse de la resolución es el siguiente:

Cuando la configuración estructural del sistema de descanso provoca que un colectivo concreto disfrute menos festivos que otros trabajadores comparables, puede existir derecho a compensación para evitar una situación de desigualdad.

No se trata de un automatismo, sino de un análisis casuístico de un caso concreto, con unas circunstancias y particularidades específicas.

 
5. Recomendación para empresas  

Ante la difusión mediática de esta sentencia, recomendamos prudencia y, en particular:

  • No adoptar decisiones precipitadas basadas en titulares.
  • Revisar el sistema de turnos y descansos en caso de apertura en domingos y festivos.
  • Analizar la posible existencia de colectivos con descanso predeterminado que puedan verse afectados por solapamientos.

En todo caso, la aplicabilidad de la STS 372/2025 dependerá de las circunstancias concretas de cada organización.

 

Para cualquier consulta o análisis específico de su caso, el equipo de Derecho Laboral de Q2 Legal&Tax queda a su disposición.